El conductor fue parado e identificado por los agentes de tráfico, tratándose de un varón de 35 años que viajaba solo por la vía convencional interurbana en la que el límite de velocidad máxima permitida es de 90 km/h., sobrepasando ampliamente los límites establecidos, duplicando la velocidad permitida.
El tramo de vía en el que estaba instalado el cinemómetro carecía de señalización específica de límite de velocidad, por lo que en defecto de la misma rige la velocidad genérica establecida para vías convencionales.
El Código Penal establece que sobrepasar en 80 km/h. la velocidad máxima permitida en vías interurbanas es constitutivo de delito contra la seguridad vial, por lo que el conductor está siendo investigado como presunto autor del hecho punible.
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