¿Qué significa pasar a la Fase 1 de la desescalada? - esRadio Onda Requena 106.6FM

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10 may 2020

¿Qué significa pasar a la Fase 1 de la desescalada?

10.05.2020.- Este lunes 11 de mayo los municipios del Departamento de Salud de Requena entran en la Fase 1 de la desescalada.

Se enumeran a continuación los principales cambios que supone entrar en esta fase y su aplicación en nuestro municipio.

Disposiciones principales:
-Tal como indica el BOE, Se permite circular dentro de los límites del departamento de salud y se permiten desplazamientos a segundas residencias en el municipio o en municipios dentro del departamento de salud de Requena.
-Además, las franjas horarias continúan vigentes para hacer deporte al aire libre, pasear y para las salidas de mayores y menores como hasta ahora.
-No obstante, estas franjas no se aplican para compras en comercios, consumiciones en terrazas y reuniones con familiares y/o amigos en viviendas particulares, reuniones que como máximo serán de 10 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Por lo que respecta a espacios públicos en nuestra localidad, la biblioteca Permanecerá abierta sólo para préstamos y devoluciones. En cualquier caso, los préstamos quedan prorrogados hasta el final del estado de alarma para evitar aglomeraciones. Su horario de apertura será de 11h a 14h y de 17:00 horas a 19:00 horas.

El Archivo Municipal estará disponible para efectuar Consultas mediante cita previa llamando al 96 230 42 28.

Por su parte, tanto museos como instalaciones deportivas y parques Permanecerán cerrados, por prudencia, a la espera de la evaluación de la situación. Esta fase tampoco contempla la apertura del Centro de Juventud .

El Ecoparque estará abierto para uso de empresas y particulares en su horario habitual: de lunes a sábado de 08:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas. También se restablece el servicio de ecoparques móviles.

En cuanto al comercio local, y según queda establecido el el BOE, pueden abrir todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y actividades de servicios con menos de 400 m2 de superficie, el aforo será de un máximo de un 30% en los locales comerciales, se deberá brindar atención prioritaria a mayores de 65 años y los locales pueden establecer sistemas de recogida en el
establecimiento.

En el ámbito de la hostelería y la restauración se autoriza la reapertura al público de las terrazas de dichos establecimientos, limitándose al 50% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior y asegurándose que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

Se autorizan además las reuniones en las terrazas de hasta un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas.

La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.

En la prestación del servicio en las terrazas deberán llevarse a cabo las siguientes medidas de higiene y/o prevención:
-a) Limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza.
-b) Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso.
-c) Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos en la entrada del establecimiento o local.
-d) Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.
-e) Se evitará el uso de cartas de uso común, optando por pizarras, carteles u otros medios similares.
-f) Los elementos auxiliares del servicio se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
-g) Se eliminarán productos de autoservicio y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.

Otras disposiciones de interés son:
-Se permite compartir el vehículo privado a un conductor y un ocupante que deberá ir en la parte trasera. Esta limitación no afecta a las personas que compartan vivienda.
-Se abren los espacios de culto con un aforo limitado a un 30% del total permitido.
-Se autorizan los velatorios con un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 en espacios cerrados.
-Esta fase no contempla la apertura de los cementerios.

Por último, es muy importante recalcar que no pueden hacer uso de estas habilitaciones personas con síntomas o en aislamiento, y deben respetarse en todo momento las medidas de higiene y distanciamiento social en cualquier ámbito, como son el uso de mascarilla en zonas concurridas, limpieza frecuente de manos o desinfección con geles hidroalcohólicos.

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