02.09.2018.- Ante la
posible confusión que pudo producirse en el desarrollo del tercer tercio de la
lidia del segundo ejemplar correspondiente al diestro Román Collado corrido en
sexto lugar del indicado festejo, como presidente y responsable de su legal y
reglamentario desarrollo me veo en la obligación de efectuar las siguientes
aclaraciones:
Cuando tuvo inicio el desarrollo
del último tercio del sexto toro de la tarde en la lidia del ejemplar que
correspondió al diestro Román Collado esta presidencia, al advertir que se
estaba produciendo una ostensible bajada de la iluminación natural en la plaza,
procedió, haciendo uso de sus atribuciones reglamentarias, a ordenar se
procediese a iluminar el coso taurino mediante las infraestructuras propias de
la propia plaza. Dicha orden fue emitida por dos conductos diferentes, el
primero de ellos de forma directa en comunicación del propio presidente al
Delegado Gubernativo de la plaza, y la segunda mediante el conducto
reglamentario de orden al policía de servicio en el palco para que la hiciese
efectiva al órgano responsable de ello.
Las contestaciones que recibo de
uno y otro departamento son idénticas; “el diestro Román Collado no desea el
encendido de luz artificial porque produce unas supuestas sombras que
dificultan su visión en el desarrollo de la lidia”.
De esta afirmación que en estos
momentos efectúo son testigos, tanto los dos asesores compañeros del presidente
en el Palco Presidencial, como del propio agente de servicio quien, en todo
momento, ejecutó mis indicaciones con prontitud y plena diligencia profesional.
Previos estos antecedentes, me
parece lamentable la actitud del propio diestro, cuando al tratar de justificar
su impericia con la espada, se avenga a emitir gestos como dando a entender que
no había podido ejecutar la suerte suprema convenientemente a consecuencia de
carecer de visión correcta por no haberse encendido las luces del recinto,
dando con ello pábulo a sus hooligans, que no aficionados, para emitir toda
clase de insultos, amenazas e improperios hacia el palco presidencial, cuyo
responsable siempre buscó la salida más razonable que el propio Reglamento
precisa para el buen desarrollo de estos festejos.
Un presidente, que se precie de
ejercer sus funciones de la forma más correcta, debe de realizar cada uno de
sus actos y decisiones de la manera más precisa que indica el vigente
Reglamento Taurino, olvidándose de las preferencias y acepciones que ostente
como aficionado taurino, las cuales siempre debe tener en cuenta de forma
secundaria.
Este presidente no abrigó en
momento alguno la intención de otorgar ni quitar a nadie nada de lo que pudiese
o no corresponderle y que la legalidad le otorgue. En consecuencia, siempre
actuó, en referencia a la concesión de los trofeos, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 82.2 del vigente Real Decreto 145/1996 de 2 de
febrero, donde se indica textualmente que “la concesión de una oreja se realizará
por el Presidente a petición mayoritaria del público”, así como que “la segunda
oreja de una misma res será de la exclusiva competencia del Presidente, que
tendrá en cuenta la petición del público, las condiciones de la res, la buena
dirección de la lidia en todos sus tercios, la faena realizada tanto con el
capote como con la muleta y, fundamentalmente, la estocada”.
En todo momento esta Presidencia
actuó fiel a todos y cada uno de estos principios reglamentarios, tal y como
puede constatarse en relación con lo anteriormente expuesto.
Julián Sánchez, presidente
festejo por delegación de Alcaldía del M.I. Ayuntamiento de Requena.
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